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  • Consulta : 202235
  • Autor : Corsario188
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  • Autor
    Respuesta No: 320077

  • Corsario188
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Debes de asesor arte con un abogado en materia laboral, las prestaciones de ley no son renunciables, aún firmando ese documento no tiene validez, sol no debes firmar un documento donde especifique que se acabó la relación laboral por causas imables a ti, si el patrón no tiene una causal marcada en la ley federal del trabajo para la disolución de la relación laboral tiene que proporcionarte todas las prestaciones que son: prima de antigüedad, liquidación o en su caso indemnización, parte proporcional de utilidades, parte proporcional de vacaciones y aguinaldo.