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AutorRespuesta No: 320077
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Fecha de respuesta: Martes 02 de Julio de 2013 13:23 2013-07-02 13:23 desde IP: 201.103.99.228
Debes de asesor arte con un abogado en materia laboral, las prestaciones de ley no son renunciables, aún firmando ese documento no tiene validez, sol no debes firmar un documento donde especifique que se acabó la relación laboral por causas imables a ti, si el patrón no tiene una causal marcada en la ley federal del trabajo para la disolución de la relación laboral tiene que proporcionarte todas las prestaciones que son: prima de antigüedad, liquidación o en su caso indemnización, parte proporcional de utilidades, parte proporcional de vacaciones y aguinaldo.
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