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AutorRespuesta No: 319977
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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Julio de 2013 14:13 2013-07-01 14:13 desde IP: 187.233.224.144
Sí puedes demandar una pensión alimenticia al padre de tu hijo pues tú ejerces la patria potestad sobre él; sin embargo si el menor no fue reconocido por su progenitor y por tanto no tiene su apellido, primero que nada deberás promover un juicio de reconocimiento de paternidad para que se acredite la filación entre tu hijo y su padre y una vez aceditado lo anterior ya podrías demandar al padre de tu menor hijo una pensión alimenticia para solventar sus necesidades y si el señor es una persona asalariada es más fácil el trámite pues sólo sería necesario que cuentes con la información respecto a la dirección exacta de sus centros laborales y el puesto que tiene a efecto de que en tu demanda le proporciones dicha información al juez quien desde el momento en que se admita dicha demanda podrá fijar una pensión alimenticia provisional que tendra eficacia mientras dure el juicio y que se hará efectiva a través de oficios que el juez ordenará que se remitan a los centros de trabajo del padre de tu hijo y el juez al dictar sentencia fijará una pensión alimenticia definitiva que deberá ser proporcional a las posibilidades económicas del deudor alimentario y a las necesidades de tu menor hijo.
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