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Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Julio de 2013 01:16 2013-07-03 01:16 desde IP: 189.234.197.102
Saludos Alejandro... Si... Si eres penalista... Cuando se invoca la causal de mas de dos años... Serían los mismos hechos... Tener más de dos años... No hay cosa juzgada... Porque la vida matrimonial... Se prolongo ... No sería el mismo término... No digas cosas que como siempre desconoces en materia civil y familiar....,dedícate a tus presos.... Saludos.... Y recuerda... Si no quieres agresiones,... No te pases de listo....
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