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  • Consulta : 201848
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 319626

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Eres una deudora... Si no pagas... Te van a embargar... En tu contrato esta cuanto es lo que debes pagar y cuanto se incrementa.... Y claro que no hay quitas o pagos parciales.... Ocurre a la oficina de independencia... Son los únicos que te pueden cobrar... Pero si ya vendieron la cartera... Felicidades... Pagues o no te van a embargar...