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  • Consulta : 201641
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 319483

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El que las partes se sometan en el contrato. Le recomiendo que en el contrato de arrendamiento se señale que ambas parters se someten a la competencia de los Tribunales del Distrito Federal, renunciando a cualquier otro que les corresponda, ésto debido a que el código Civil del D.F., acepta el embargo precautorio en caso de que el arrendatario incumpla con el pago, lo que el Código del Estado de México, no permite.