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  • Consulta : 201604
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 319477

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Por la vía judicial evidentemente no. Cualquiera le puede molestar cobrando, pero para que sea legal debe de presentarse un actuario, notificador o ejecutor del Poder Judicial del Estado, mismo que debe identificarse y mostrale por escrito el mandamiento de autoriad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento. No se deje sorprender con cobrones. Si alguien se presenta en su domicilio para cobrale alguna cantidad, lo primero que debe de hacer es solicitar que se identifique como funcionario del Poder Judicial, si no lo hace, de inmediato llama a una patrulla denunciando por el posible delito de usurpación de funciones. Verá como se echan a correr, si es posible tómeles foto para que los policías sepan como iban vestidos.