Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 201588
  • Autor : marcomcmlx
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1907
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5559
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 319474

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Por el tiempo que dices tener cotizado, tu conservación de derechos debe ser de 8 años y un tercio aproximadamente.

    Eso quiere decir que a partir del día en que dejaste de cotizar tienes 8 años y un tercio para cumplir los 60 y poderte pensionar. Si los cumples después no podrás hacerlo.

    Pero el dato exacto te lo puede dar el IMSS. Solicita una constancia de semanas cotizadas y en ese documento viene la fecha en que expira tu período de conservación de derechos.

    Si has solicitado retiro por desempleo ese período se verá reducido.

    El salario que se utilizara para hacer el cálculo de tu cuantía será el promedio de las últimas 250 semanas cotizadas.