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  • Consulta : 201378
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 319292

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si es un juicio intestamentario y nunca se notificó de la sucesión a la hija del de cujus que menciona, es claro que que ella aún puede reclamar sus derechos hereditarios. Si la sucesión fue testamentaria y no se mencionó a la hija fuera del matrimonio como heredera o legataria no puede reclamar salvo que sea o fuera menor de edad al momento de la muerte del padre, en tal caso el testamento sería inoficioso. Para todo esto la hija nacida fuera del matrimonio debe estar reconocida, es decir que su acta de nacimiento debe aparecer con el apellido del de cujus, no vale que sólo diga que es hija pero nunca fue reconocida, en este último caso no puede reclamar nada.