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Fecha de respuesta: Sábado 22 de Junio de 2013 15:02 2013-06-22 15:02 desde IP: 189.234.197.102
Nada... Demuestra la existencia de la causal de divorcio por adulterio... Que no sea un acta de reconocimiento de un hijo ante el registro civil... Pero... Como dijo el wey cubano.... Tienes 6 meses para hacer valer la causal... Del momento en que se género... Después es un hecho consentido.... Un hecho consumado.... En la mayoría de los códigos penales del país.... Ya no existe el adulterio como delito.... Checa...
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