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  • Consulta : 200765
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 318917

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si ya hay un juicio de por medio, usted debe solicitar al Juez del conocimiento que envíe oficios a la fuente de empleo del acreedor alimentista, para que informen sobre los ingresos del empleado y sus conceptos ordinarios y extraordinarios, de esa manera quedarán obligados a contestar por escrito y no requieren del consetimiento del empleado además de que serían acreedores a una multa si se negaran a rendir el informe. Pero además si la información fuera falsa, tendrían que enfrentar consecuencias incluso penales. Necesita de un abogado especialiasta en la materia, si no cuenta con recursos para cubrir sus honorarios puede acudir a la defesoría de oficio, pero mucho cuidado con los coyotes.