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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Junio de 2013 22:51 2013-06-12 22:51 desde IP: 201.137.11.82
Apreciable consultante:
De conformidad con la norma jurídica, esta obligación persiste hasta que los acreedores alimentarios cumplan la mayoria de edad (18 años), pero perdura en caso de que sigan estudiando y se prolonga hasta la conclusión de los mismos, sea nivel técnico o universitario. Para poder desligarse de esta obligación, es necesario iniciar un juicio incidental ante la autoridad competente, debiendo presentar las pruebas correspondientes. Al igual, para modificar el porcentaje de la deducción, en los casos de que uno de los acreedores alimentarios quede fuera del presupuesto legal (cumple mayoría de edad y no estudia, se amancipa por matrimonio, termina estudios).
Por lo anterior expuesto, se concluye que solo mediante resolución judicial (SENTENCIA) se puede dejar de cumplir con dicha obligación.
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