- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 200069
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 7305
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 318540
-
Fecha de respuesta: Domingo 09 de Junio de 2013 00:14 2013-06-09 00:14 desde IP: 201.141.111.177
Puede deducir el cincuenta por ciento del crédito como pérdida fiscal en la siguiente declaración de ISR o enmarcar la sentencia.
-
Autor





