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Fecha de respuesta: Sábado 01 de Junio de 2013 14:25 2013-06-01 14:25 desde IP: 187.207.16.32
Saludos Lic Garovalo:
Me ganó su aclaración, ya que desde luego que el concubino puede reclamar sus derechos, toda vez que dentro del CONCUBINATO. LA INEXISTENCIA DE UN RÉGIMEN PATRIMONIAL, NO IMPIDE LA LIQUIDACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS ADQUIRIDOS POR EL TRABAJO COMÚN DE LOS CONCUBINOS, MEDIANTE LAS REGLAS DE LA SOCIEDAD CIVIL.
SALUDOS A TODOS
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