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AutorRespuesta No: 317326
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Mayo de 2013 12:28 2013-05-22 12:28 desde IP: 38.82.72.213
Buenas tardes, la Ley establece que a partir de que termina la relación laboral, por cualquiera que fuera la razón, el trabajador tiene 60 días para presentar su demanda, por lo tanto si el despido ocurrió el día 20 de enero, su derecho a demandar prescribió aproximadamente el 22 de Marzo (60 días naturales).
En este caso, el trabajador tendría que demostrar que la relación laboral subsistió con posterioridad a esa fecha, con recibos de nómina, listas de asistencia, contratos, oficios, correos electrónicos o cualquier otro medio.
En el supuesto de que no lo pueda realizar, pues absolveran al patrón.
Espero sea de ayuda.
Saludos.
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