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  • Consulta : 197613
  • Autor : Lic. Rammer
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  • Autor
    Respuesta No: 318137

  • Lic. Rammer
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Saludos.

    Efectivamente, es recomendable un convenio ratificado ante notario. En cuanto a su elaboración, lo recomendable es contratar a un profesional en la materia para que lo redacte conforme a sus particulares necesidades. En lo referente al pago, si este se realiza en el momento de firmar el convenio, simplemente se establece en el mismo que en ese acto se entrega en su totalidad lo pactado, independientemente de la modalidad (cheque, efectivo, titulos valor, etc.)