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  • Consulta : 197268
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 316689

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El cónyuge inocente tiene derecho a recibir pensión por parte del cónyuge culpable por el mismo tiempo que duró el vínculo matrimonial si acredita en juicio de divocio esa culpabilidad, pero para la causal de adulterio que señala sólo puede ser acreditada con el acta de nacimiento de un hijo nacido fuera del matrimonio, si no cuenta con esta ducumental su causal no prosperará, ni fotos, ni videos, ni testimoniales le servirán para acreditar el adulterio. Si alguien le dice lo contrario que le garantice con fianza el resultado que promete.