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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Mayo de 2013 22:11 2013-05-13 22:11 desde IP: 187.165.85.196
Si claro la ley da la acepcion y es "jurisdiccion Voluntaria Ad perpetuam" y es asi como inician muchos procedimientos de este tipo.
NO es un juicio contensioso, pero con las informaciones obtenidas, es ahi donde se establece su calidad de posesionaria, y se inicia su procedimiento Juridico.
Saludos
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