- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 197115
- Autor : Barristerdefende
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 240
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 316516
-
Fecha de respuesta: Domingo 12 de Mayo de 2013 17:04 2013-05-12 17:04 desde IP: 189.191.14.29
Segun ley del ISSSTE puedes acceder a la pension reintegrando las cantidades que te fueron abonadas en el pago que mencionas.
-
Autor





