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AutorRespuesta No: 316407
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Fecha de respuesta: Viernes 10 de Mayo de 2013 19:36 2013-05-10 19:36 desde IP: 189.234.225.246
Lo que quieres es imposible... Ya que si el... Te demanda el reconocimiento por medio de prueba de ADN... Quieras o no quieras.... Y si es el padre que engendró .... Tendrá derecho a que su nombre aparezca en el acta e nacimiento... En base a esto... Tendrá derechos de régimen e convivencia... Si uno de tus hijos.... Ya esta reconocido... Tiene derechos de convivencia que el juez le a de conceder... Tu no puedes impedir la convivencia... Pero puedes demandar pension alimenticia con descuento a su salario...perdida de la patria potestad.... Y guarda y custodia para ti exclusivamente.... Pero.... De o no de pensión... Tiene derecho a convivir con sus hijos reconocidos....
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