Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 196527
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 315899

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Un automovil no es un bien inmueble sino mueble. Pero si se trata de un juicio ejecutivo mercantíl, efectivamente primero se le requiere del pago y en caso de negativa, efectivamente primero se embarga el vhículo y posteriormente se emplaza a juicio.