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  • Consulta : 196524
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 315898

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    En relación al cincuenta por ciento de la sociedad conyugal y que pertenece a su madre, por ciento que conforma el total de la masa hereditaria de la sucesión de su mamá, no puede ser reclamada por los demás hijos de su padre. Sin embargo su padre puede modificar en cualquier momento su testamento en donde menciona que los nombra a Ustedes sus tres hijos como sus herederos y nombrar a sus demás hijos nacidos fuera del matrimonio como herederos también e incluso eliminarlos a Ustedes. Lo que no aclara es si los otros hijos de su papá son menores de edad, ya que de ser el caso, de los bienes de su padre llegado el caso, se deben garantizar los alimentos de los hijos menores de edad aunque no los mencione en el testamento. Pero regresando a la sucesión de su mamá, nada tienen que ver los otros hijos de su padre, pero además si nunca se divorciaron debe incluir a la masa hereditaria todos lo bienes de su padre adquirió hasta el año 2007 aunque su madre no estuviera enterada de su existencia. Es obvio que necesita de los servicios de un abogado especialista en la materia, pero mucho ojo con los coyotes o con cualquiera que publique sus datos de contacto en este foro de asesoría gratuita, corre peligro. Cuídate a ti mismo y mucho ojo.