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Fecha de respuesta: Lunes 06 de Mayo de 2013 18:03 2013-05-06 18:03 desde IP: 189.244.20.22
Debe acudir junto con el vendedor, con el Comisariado Ejidal para que este le expida a su nombre una Carta de Posesion en hoja membretada del ejido, sellada en original y firmada por el presidente ejidal, el comisario y tesorero. Debe estar al pendiente en cuanto se otorguen los Titulos de Propiedad ya que estos saldran a nombre del ejidatario que le vendio, salvo que el ejido apenas vaya a iniciar los tramites de titulacion entonces ingresaran su nombre. La Carta de Posesion no lo hace ejidatario, pero si tiene derechos sobre su propiedad y de ingreso al ejido. El Contrato de compra y venta no le garantiza la posesion de la propiedad.
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