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  • Consulta : 196000
  • Autor : luisespindola
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  • Autor
    Respuesta No: 315472

  • luisespindola
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si no estabas contratado como trabajador de confianza si te corresponde el pago de utilidades, en la parte proporcional a los dìas trabajados durante el periodo que corresponde al ejercicio fiscal de ese año, todos los trabajadores tienen derecho a esta participaciòn, siempre que hayan laborado por lo menos 60 dìas durante el ejercicio corresponiente.  Tienes un plazo de un año a partir de la feche lìmite de entrega para reclamar este derecho