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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Mayo de 2013 19:06 2013-05-01 19:06 desde IP: 201.141.54.168
Que tal.
Mire de entrada le comento que no la pueden meter a la carcel por deudas de caracter civil, ahora en lo que respecta al Licenciado que la molesta que dudo que lo sea la Constitución Política establece lo siguiente
Articulo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Ahora para que la embargen se tiene forzosamente que llevar un Juicio... por el monto de la tv no creo que sea viable
Lo que puede hacer para que no la sigan molestando digales al "Abogado" que lo va a denunciar, por injurias, amenazas y hasta de usurpacion de funciones por que dudo que sea Abogado.
Saludos
Saludos
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