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Fecha de respuesta: Domingo 28 de Abril de 2013 23:13 2013-04-28 23:13 desde IP: 189.234.225.246
No comentas que demandaste...ante quien... Que resultado obtuviste... Pero si te lo negaron... Ya no puedes demandar... Te contestarían presentando la copia de la sentencia... Señalando qué es cosa juzgada... Y claro... No importa al juez que te estés muriendo o no...
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