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Fecha de respuesta: Martes 30 de Abril de 2013 18:53 2013-04-30 18:53 desde IP: 187.171.101.214
No se resuelven tareas, pero nadie sabe si el consultante es un estudiante (lo dudo) o una persona que tiene una duda genuina sobre un término que para lso abogados es común pero para los demás es harto extraña. La respuesta de Garovalo es bastante acertada.
Pasándola términos mortales me atrevo a decir:
*Amparo indirecto: es cuando el juicio no ha concluído y se han detectado anomalías o burradas en el mismo (en mexicano: "están haciendo un desm.. en mi proceso y por sus burradas me van a afectar..."
*Amparo directo es cuando el juez ya dicto sentencia y terminó el proceso ("Ya hicieron su desm...hay muchas irreguladirades y me van a afectar.."
Espero no se molesten los abogados por esta burda traducción.
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