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  • Consulta : 195459
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 315077

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Pués antes se podía demandar ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, pero la Suprema Corte ya determinó que la CFE no es autoridad y por lo tanto ya no es competente. Puede acudir primero a la Profeco y de no resolver el problema (que es lo más seguro) deberá demandar ante un Juez de Distrito.