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  • Consulta : 194953
  • Autor : LAMC_QRO
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  • Autor
    Respuesta No: 385367

  • LAMC_QRO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En esencia, quien debe de hacerse cargo de todo ello, es el albacea de la sucesión que se abra.

    Essto es, se tiene que hacer un juicio sucesorio (testamentario o intestamentario según sea el caso) y hasta que haya nombramiento de albacea, entonces podrá disponer de las cosas que son propiedad del de cujus a efecto de solventar deudas.

    Saludos.