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Fecha de respuesta: Martes 23 de Abril de 2013 22:28 2013-04-23 22:28 desde IP: 201.141.109.16
Toda reconvención (contrademanda como Usted le llama), se presenta al momento de contestar la demanda y no puede reconvenir con posterioridad. Lo que no significa que, en el futuro, pueda demandar la guarda y custodia de los hijos (tampoco menciona la edad, que es fundamental), siempre que puede acreditar la causa de esa posible pérdida y que es prácticamente imposible contra la madre.
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