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  • Consulta : 194937
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 314688

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Toda reconvención (contrademanda como Usted le llama), se presenta al momento de contestar la demanda y no puede reconvenir con posterioridad. Lo que no significa que, en el futuro, pueda demandar la guarda y custodia de los hijos (tampoco menciona la edad, que es fundamental), siempre que puede acreditar la causa de esa posible pérdida y que es prácticamente imposible contra la madre.