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Fecha de respuesta: Martes 23 de Abril de 2013 20:03 2013-04-23 20:03 desde IP: 189.228.21.125
Hola: El planteamiento de tu consulta, de pronto es como si lo echaras todo a una licuadora y lo revolvieras....haber, si eres estudiante ya debes entender conceptos.... el inculpado es sujeto a un proceso penal y el mismo se encuentra en etapa de instruccion...y existe una prueba ofrecida por la defensa relativa al dictamen psicologico, de la victima del delito, aqui es importante resaltar que el inculpado puede contradecir ese medio de prueba aportado por el mp, ofreciendo ese medio de prueba, y su perito para llevar a cabo su desahogo, y puede solicitar el oferente de la prueba que se realice ese desahogo y para tal efecto llevar a cabo la citacion, agotando las medidas de apremio, pues existe un criterio que todo aquel que vaya ser examinado debe acudir a rendir testimonio y en este caso a someterse al examen del perito de la defensa, y creo que el Juez debe solicitar el desahogo de ese medio de prueba, y si aun no acude, hacer la solicitud del uso de la fuerza publica, ello a fin de dar celeridad al proceso....e incluso sino pese a ello no comparece o se cambio de domicilio solicitar se haga la investigaciuon del domiclio...incluso por edictos... agoten todos los medios legales....
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