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  • Consulta : 194699
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 314516

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1... mientras nop se haya seguido un juicio mercantil... y no lo hayas perdido... no estas en estado de insolvencia ... y no caes en delito o cosa que se le parezca...

     

    2... si pagaste y no tienes recibos... no diste nunca dinero alguno...

    3... debes lo que diga el pagare... mas lo que se haya señalado por interes moratorio... que comenzo a correr de la fecha del vencimiento... no antes... o en el momento de la suscripción...