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AutorRespuesta No: 314398
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Fecha de respuesta: Sábado 20 de Abril de 2013 01:03 2013-04-20 01:03 desde IP: 201.141.111.144
Si Usted no firma un acta administrativa, en ese momento el patrón llama a dos testigos para eleborar otra acta en la que manifiestan que Usted se negó a firmar, con lo cual le dan valor probatorio pleno al acta que Usted no firmó. La mejor forma de defenderse es manifestar en el acta lo que su derecho convenga y firmarla una vez que contenga sus manifestaciones.
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