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  • Consulta : 193969
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 314193

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    De su consulta no se desprende que ya le juzgaran, sólo que la autoridad dejó sin efectos un requerimiento. Pero aún suponiendo que sí existe un proceso ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, puede ocurrir que la sentencia sólo fuera para efectos y no de nulidad lisa y llana, por lo que es procedente que el SAT le vuelva a requerir.