Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 193912
  • Autor : tuamigoabogado
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1627
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 314187

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguido Consultante


     

    El deudor solidario (esposo) esta legitimado para solicitar la declaración de la prescripción del adeudo establecido en el contrato de mutuo con interés e hipoteca

     

     las obligaciones derivadas del gravamen prescriben al mismo tiempo que las del pacto principal, conforme lo prevé el artículo 2544 del Código Civil para el Estado de Jalisco, esto es, en cinco años, según lo establece el diverso precepto 1740 del  mismo ordenamiento, que es la regla general a virtud de que el mutuo con interés no contiene un término específico para la prescripción.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Tu amigo abogado ®

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx