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  • Consulta : 193899
  • Autor : Consult_Xalapa
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  • Consult_Xalapa
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Bien, si dices que ya se dicto sentencia y esta causo estado, lo que debes hacer e abrir seccion de ejecucion y dentro de esta axhibir certificado de gravamen, donde aparezca la inscripcion del embargo. Para de esta forma nombrar al perito que hara al avaluo del inmueble embargado. . . Suerte, espero haber aclarado tu duda