- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 193899
- Autor : Consult_Xalapa
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 70
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 7305
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 314166
-
Fecha de respuesta: Martes 16 de Abril de 2013 17:56 2013-04-16 17:56 desde IP: 189.190.245.232
Bien, si dices que ya se dicto sentencia y esta causo estado, lo que debes hacer e abrir seccion de ejecucion y dentro de esta axhibir certificado de gravamen, donde aparezca la inscripcion del embargo. Para de esta forma nombrar al perito que hara al avaluo del inmueble embargado. . . Suerte, espero haber aclarado tu duda
-
Autor





