- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 193682
- Autor : elizh80
- Consultas en Foro: 5
- Respuestas en Foro: 3858
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6892
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 314083
-
Fecha de respuesta: Lunes 15 de Abril de 2013 16:58 2013-04-15 16:58 desde IP: 189.244.20.207
Resulta dificil si el pago predial (la boleta) y/o alguno de los servicios aun estan a su nombre, no puede, en todo caso comete el delito de despojo. Lo que debe hacer es un Contrato de Arrendamiento (aunque no le pague la renta) cada seis meses y con dicho contrato Usted proteje su propiedad y en el caso de no salirse simplemente la demanda y hasta cobro de renta le tendra que depositar en el Juzgado hasta que se resuelva el Juicio.
-
Autor





