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Fecha de respuesta: Sábado 13 de Abril de 2013 21:01 2013-04-13 21:01 desde IP: 189.234.202.77
ninguna... pagar... es la unica... se va a condenar al pago... y pagas y ya... se acabo...
si tienes una cantidad... puedes hacer una consignación a resultas de juicio... y soliciutar al juez un incidente de pago de lo adeudado a plazos... pero si ya te condenaron ... si ya hay sentencia... felicidades... vas a tener la oportunidad de cambiarte de casa y comenzar otra vez... tu abogado sabe que hacer...
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