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AutorRespuesta No: 313708
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Fecha de respuesta: Jueves 11 de Abril de 2013 22:48 2013-04-11 22:48 desde IP: 201.141.122.80
Primero le diré que en materia laboral no hay apelación, sólo incidentes y amparo, y segundo, no es lo mismo ganar un Laudo que cobrarlo. En cinco años la moral demandada seguramente sólo cuenta con una comadora 386 y un bote de basura. Muy diferente si el laudo condena a una persona física.
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