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Fecha de respuesta: Lunes 08 de Abril de 2013 23:30 2013-04-08 23:30 desde IP: 189.134.132.110
Para que el trabajador pueda pensionarse, además de tener los requisitos de tiempo cotizado, primero debe dejar de cotizar y para eso tiene que renunciar a su actual trabajo
Por remuncia, el patrón sólo está obligado a darle al trabajador las prestaciones proporcionales de lo que va del año y sólo en caso de que el trabajador tenga más de 15 años en la empresa, la prima de antigüedad. Esta consiste en 12 días de salario por año trabajado, con un límite de salario máximo de dos salarios mínimos.
Por renuncia voluntaria nada que ver con los 90 días o los 20 por año.
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