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  • Consulta : 192388
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    De acuerdo con GAROVALO (saludos) 

    Señora consultante... imagine que alguien  le pide 100 mil pesos y le firmo pagares donde me comprometo a abonar 10 mil por mes. 

    Tiempo después... le dice ese alguien que no puede pagarle esa cantidad ... que le robaron, que se enfermo que su familia no se que... y que le baje usted el pago a la cantidad que el le suguiere... usted que diría...????  La respuesta es facil... TU PROBLEMAS son tus problemas... yo no soy beneficiencia publica ... tengo un negocio y vive de esto... regresame el articulo o PAGALO

    Pero usted ni lo regresa por las razones expuestas ni lo paga... VALGAME entonces que pretendía...??? que la empresa le diga a usted... señora digame cuando me quiere pagar y cuanto quiere abonar ??? NATURALMENTE QUE NO para eso se hacen los CONTRATOS

    Es cierto que NO PODRA IR A LA CARCEL por la mera deuda como lo señala la persona que antecede... CIERTO ... pero  si el actor denuncia por el FRAUDE EN PERJUICIO DE ACREDORES entonces si se acredita el delito SI PUEDE IR A PRISION .... asi que todo depende de la forma en lo que la estrategia del actor lo realice.  Si su esposo trabaja.... NO ES ESTADO DE INSOLVENCIA... y si pese a ello se cambia de domicilio para evadir el pago... bueno pues...

    Lo cierto es que no debe eludir su responsabilidad.... SI NO PUEDE PAGAR una pantalla de plasma... NO LA SAQUE.  Antes de comprar algo primero se hace un estudio en el hogar si se pueden o no dar las mensualidades...es irresponsable adquirir bienes.,... y despues de ello darse cuenta que no puede pagarlos.