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  • Consulta : 191794
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 312287

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    De entrada le informo que el Ayuntacioento, propiamente la Dirección de Obras, carece de facultades para revocar sus propios actos, por lo que es improcedente que ellos de forma unilateral puedan anular la licencia que en su momento otorgaron y mucho menos demoler. Es muy común que esas autoridades desvien su poder a efecto de extorsionar a los gobernados, acuda con un abogado especialista en la materia para que demande ante el Tribunal de lo Conencioso Administrativo la nulidad del requerimiento y de todas sus consecuencias jurídicas.