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AutorRespuesta No: 312287
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Marzo de 2013 10:50 2013-03-26 10:50 desde IP: 201.141.105.243
De entrada le informo que el Ayuntacioento, propiamente la Dirección de Obras, carece de facultades para revocar sus propios actos, por lo que es improcedente que ellos de forma unilateral puedan anular la licencia que en su momento otorgaron y mucho menos demoler. Es muy común que esas autoridades desvien su poder a efecto de extorsionar a los gobernados, acuda con un abogado especialista en la materia para que demande ante el Tribunal de lo Conencioso Administrativo la nulidad del requerimiento y de todas sus consecuencias jurídicas.
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