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  • Consulta : 191293
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 311679

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ana

    1.- Deben iniciar el juicio sucesorio de su señor padre.

    2.- La venta del inmueble no es tan facil como usted cree. Pues para ello se requiere el consentimento y autorizacion de todas aquellas personas que sean declarados herederos o bien para el caso de que se adjudiquen el inmueble en la cuarta seccion del juicio sucesorio.

    3.- Si tienen documentacion y demas pruebas que acrediten que usted y su señora madre tenian con anterioridad a la defuncion de su señor padre la posesion del inmueble pueden acudir a la Agencia del Ministerio Publico a presentar una denuncia de hechos.

    4.- Siendo usted menor de edad es su señora madre quien en ejercicio de la patria potestad le representa a suetd para cualuier cuestion legal.

    Asistanse de abogado de su confianza.