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AutorRespuesta No: 311679
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 22:40 2013-03-20 22:40 desde IP: 201.141.248.223
ana
1.- Deben iniciar el juicio sucesorio de su señor padre.
2.- La venta del inmueble no es tan facil como usted cree. Pues para ello se requiere el consentimento y autorizacion de todas aquellas personas que sean declarados herederos o bien para el caso de que se adjudiquen el inmueble en la cuarta seccion del juicio sucesorio.
3.- Si tienen documentacion y demas pruebas que acrediten que usted y su señora madre tenian con anterioridad a la defuncion de su señor padre la posesion del inmueble pueden acudir a la Agencia del Ministerio Publico a presentar una denuncia de hechos.
4.- Siendo usted menor de edad es su señora madre quien en ejercicio de la patria potestad le representa a suetd para cualuier cuestion legal.
Asistanse de abogado de su confianza.
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