Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 191152
  • Autor : rosa isela
  • Consultas en Foro: 7
  • Respuestas en Foro: 7029
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 89 %
  • : 10 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 311555

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    lo registras vas con un defensor de oficio o abogado de tu confianza entonces iniciara un procedimiento judicial no contencioso o jurisdiccion voluntaria o como lo contemple el codigo civil de tu entidad y depositaras la cantidad del 15% de tu salario o bien el equivalente a un salario minimo vigente en tu entidad q es lo q le corresponde al menor ya q tu unica obligacion sera con el y  no con la madre, el abogado sabra q hacer y de ahi pa delante depositaras como te paguen ya sea quinal o mensual, pero no dejes de hacerlo porq en caso contrario la madre si se asesora puede levantarte una denuncia penal por el incumplimiento de las obligaciones alimentarias o de asistencia familiar. Ojo tambien puede iniciar una demanda de pension alimenticia si no le gusta  lo q le otorgas para el bb pero la ventaja q tendras es q el juez sera benevolo contigo y al final terminara fallando con el 15% de tu salario (esto es casi un criterio generalizado y ojo dije casi).