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AutorRespuesta No: 381702
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Fecha de respuesta: Martes 16 de Junio de 2015 15:52 2015-06-16 15:52 desde IP: 177.240.225.231
Debes de verificar si resolución de CONAGUA indica la transmisión de los derechos a tu medio hermano, en caso afirmativo deberas salocitar la cancelación del tramite por las razon antes mencionadas (En la otra respuesta). Algo importante es que el agua no se puede rentar, las concesiones solo la spodra utilizar el concesionario y en el punto de extracción señalado en el Título de cocnesión de los contrario estan infringiendo la ley y pueden perder el título de cocnesión, ademas de las jultas a las que se haran acreedores.
Saludos
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