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  • Consulta : 190781
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 311051

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    De seguro usted por ahorrarse unos pesos compró un contrato de compraventa de papelería o peor aún, contrató a uno de esos coyotes que tanto proliferan en las Juntas o incluso en este foro de asesoría gratuita. Usted debió celebrar un contrato de compraventa con reserva de dominio si no cubrieron el total del precio pactado al momento de la firma, y demandar la rescisión del contrato por incumplimiento de la compradora al dejar de cubrir el pago pactado así como las rentas por el tiempo que ha ocupado del inmuebles, para lo cual tenía que anexar a la demanda el pagaré que señala. Pero si por el contrario se fue por la vía ejecutiva mercantil, Usted seguramente obtendrá una sentencia condenatoria, misma que tendrá que enmarcar porque no habrá forma de cobrarla ya que el demandado ya se desprendió de sus bienes, incluso de la casa objeto del contrato porque la misma ya la vendió, y que no le venga algún coyotito a decirle que puede denunciar el fraude de acreedores, a quien le diga eso que le garantice por escrito el resultado.