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  • Consulta : 190588
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 310855

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    puedes iniciar el reconocimiento de paternidad para la q acaba de nacer, iniciar la pension alimenticia para la mayor en cuanto a la menor cuando la sentencia te sea favorable podras pedir pension alimenticia y no le entregues a la menor no puede hacer nada puesto q estan separados, si el sr. se asesora te podra demandar la convivencia familiar pero mientras no lo haga y si existe el temor fundado de q se la lleve no la entregues hasta q no haya un juicio para regular la convivencia y si se la lleva a la fuerza puedes denunciar la sustraccion de menor 

    pero antes debes solicitar la guarda y custodia definitiva de tu hija mayor