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  • Consulta : 190455
  • Autor : VP & Asociados
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    Respuesta No: 378550

  • VP & Asociados
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Hola Jose Luis.

     

    Por el tiempo de tu consukta ya habras resuelto el asunto, pero te comento que la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado es la que aplica en tu caso, sin embargo la Ley Federal del Trabajo, aplica de manera supletoria a esta ley, siempre, por lo que amabas van de la mano; ahora, por lo que mencionas laborabas en dos areas, ya que asi se te pagaba, si bien cierto que te removieron del cargo, y dieron por terminada esa relacion laboral en tu categoria como director... se te pagara la proporcional del ultimo año laborado, proporcional de vacaciones, aguinaldo, prima vacacional, prima de antiguedad e indemnización, ya que no fue tu voluntad renunciar a ese cargo, ahora si en su momento llegana a hacerlo con tu cargo como docente seria lo mismo, pero si tu renuncias no tendrias derecho a indemnización, ni prima de antiguedad a menos que hayas durado más de quince años en ese cargo.

     

    De cualquier forma estamos a tus ordenes para culauqier duda, aclaración y/o consulta laboral de manera gratuita y sin compromiso alguno en el siguiente correo electronico: serviciosjuridicosVP