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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Marzo de 2013 02:00 2013-03-14 02:00 desde IP: 189.134.162.169
Suponiendo que ese ha sido su salario de cotización los últimos cinco años, su pensión sería de un salario mínimo mensual por ley 73
Por ley 97, a menos que tenga un saldo en su cuenta individual arriba de unos 400 o 500 mil pesos, su pensión también sería el mínimo.
La diferencia será que con la ley 97 sólo podrá retirar las subcuentas de SAR e INFONAVIT 92 y con la ley 73 podrá retirar además las subcuentas de INFONAVIT 97 y Retiro 97.
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