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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Marzo de 2013 15:43 2013-03-25 15:43 desde IP: 201.144.57.86
Estimado Consultante:
El colega se refiere a la obligacion de la aseguradora de la persona que te choco (si es que estaba asegurado pues no lo indicas).
En tu consulta te refieres a tu aseguradora, y ella tiene obligación de repararte o indemnizarte de acuerdo a las condiciones generales de tu póliza.
Ahora bien para que proceda una determinación de Pérdida Total, el costo total de la reparación debe superar el 50 % del valor comercial de tu vehículo, (esto de varia de compañía en compañía y generalmente se maneja del 50 al 75 % como opcion para el asegurado y en caso de superar el 75% del valor comercial definitivamente es considerado pérdida total) de no ser asi, por mas fuerte que tu consideres que haya sido el golpe, solo procede que te reparen tu unidad.
Si se da que te determinen pérdida total, te pagaran el valor comercial del vehículo al momento de ocurrir el siniestro de acuerdo con la Guia EBC, por encontrarse en financiamiento el pago corresponde a la Institucion que te otorgo el crédito pues seguramente esta como beneficiario preferente (es decir a él le corresponde en primer lugar cualquier tipo de pago).
Si los daños son menores al 50% del valor comercial de tu unidad, procede su reparación.
Saludos.
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