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  • Consulta : 190014
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 310248

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si es para el divorcio... ya no hay causal  ... en el df... el divocio es expresss o incausado...

    y si es para demostrar abandono de persona... si trabajas.... no demuestras ndada con ello... ya que  el abandono debe denunciarse dentro de las 72 horas posteriores... para que comience a ser tomado en tiempo y en cuenta para lo que pretendas hacer... si lo iniicas horita.... comienza orita... y el termino  agotado o que ha ocurrido... no se toma en cuenta...